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    Auto Supremo AS/1203/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1203/2019

    Fecha: 26-Nov-2019

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    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente Dalia Guali Sequeiro, se extrae de manera
    • Petitorio
    • Solicita que se dicte Auto Supremo Casando el auto de vista
    • Contestación al recurso de casación
    • Respecto a la causa ilícita, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 252/2013
    • La causa es lícita cuando es conforme al orden público o las buenas costumbres y
    • En cuanto al motivo ilícito el Auto Supremo Nº 311/2013 de 17 de junio, orientó
    • Asimismo, diremos que el objeto del contrato, se encuentra constituido por el conjunto de las
    • III.2. Sobre el principio de comunidad de la prueba
    • Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
    • III.3. De la verdad material
    • Sobre el aludido principio este Tribunal Supremo de Justicia orientó en sus diversos fallos como
    • En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
    • CONSIDERANDO IV
    • A efecto de dar respuesta al agravio planteado, de la revisión del memorial de demanda
    • Corresponde señalar que conforme se desarrolló en el punto III
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    • En ese sentido nuestra legislación prevee el principio normativo que delimita el contenido de la
    • A partir de lo señalado, se tiene que la parte actora demandó la nulidad de
    • Una vez tramitado el proceso, el juez A quo en función al elenco probatorio
    • Bajo ese razonamiento sobre las observaciones plasmadas en el recurso de casación resultan ser argumentos
    • Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
    • No se regula honorarios profesionales porque no se contestó el recurso de casación
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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