Auto Supremo AS/1203/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1203/2019

Fecha: 26-Nov-2019

Bajo ese razonamiento sobre las observaciones plasmadas en el recurso de casación resultan ser argumentos

Bajo ese razonamiento sobre las observaciones plasmadas en el recurso de casación resultan ser argumentos que van dirigidos a establecer la disconformidad que tiene la parte actora con referencia a las determinaciones de grado. Asimismo, debe precisarse que el recurso de casación no es un remedio procesal que sirva para suplir omisiones de las partes que intervienen en el proceso, en ese sentido si la parte recurrente consideraba que la resolución de alzada era arbitraria e incongruente debió activar oportuna y diligentemente la solicitud de complementación y enmienda que correspondía, tal como lo establece el art. 226.III del Código Procesal Civil, pues el no hacer uso de dicha facultad amerita la aceptación tácita de la supuesta omisión, precluyendo en ese sentido su derecho a reclamar en actuados procesales posteriores como es el recurso de casación, deviniendo el reclamo en infundado