Ante tal determinación los ahora compulsantes plantearon recurso de casación que fue denegado por Auto
Ante tal determinación los ahora compulsantes plantearon recurso de casación que fue denegado por Auto de 15 de octubre de 2019, con el fundamento de que en el caso presente, el Auto de Vista dictado deviene como consecuencia de un recurso de apelación contra un Auto Definitivo que dispone tener por no presentada la demanda, sin embargo el presente proceso es uno de estructura monitoria (ejecutivo) contra el cual no se admite recurso de casación por consiguiente en virtud a los arts. 270.I y 274.II num. 2) del Código Procesal Civil se denegó el recurso intentado; en consecuencia, presentó el recurso de compulsa objeto de análisis
- Partes: La Sociedad Agroindustrial NUTRIOIL S
- Expediente: SC-123-19-Com
- CONSIDERANDO I
- Ante tal determinación los ahora compulsantes plantearon recurso de casación que fue denegado por Auto
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el principio de impugnación
- Sobre el tema el art
- Resultando únicamente ambiguo en su literalidad el primer caso, correspondiendo en consecuencia su interpretación por
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador estableció la procedencia del
- III
- Dada la naturaleza de los procesos coactivos los mismos tienen un trámite especial, que se
- Asimismo la Sentencia Constitucional 1062/2003-R que refiere “si el recurrente considera que se dieron irregularidades
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido, de lo descrito y partiendo de lo anotado en la doctrina aplicable
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese y devuélvase.
