Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador estableció la procedencia del
Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador estableció la procedencia del recurso de casación contra Autos de Vista dictados en procesos ordinarios, su intencionalidad ha sido, que este Máximo Tribunal de Justicia uniforme jurisprudencia de acuerdo a las atribuciones establecidas en el art. 42 num. 3) de la Ley Nº 025, en aquellos casos de trascendencia a nivel nacional, entonces bajo esa directriz, el recurso de casación únicamente procederá contra Autos de Vista que resolvieren un Auto definitivo, Autos de Vista que resolvieren sentencias y en los casos expresamente establecidos por ley, siendo viable únicamente dentro de un proceso ordinario y no así para otros casos
- Partes: La Sociedad Agroindustrial NUTRIOIL S
- Expediente: SC-123-19-Com
- CONSIDERANDO I
- Ante tal determinación los ahora compulsantes plantearon recurso de casación que fue denegado por Auto
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el principio de impugnación
- Sobre el tema el art
- Resultando únicamente ambiguo en su literalidad el primer caso, correspondiendo en consecuencia su interpretación por
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador estableció la procedencia del
- III
- Dada la naturaleza de los procesos coactivos los mismos tienen un trámite especial, que se
- Asimismo la Sentencia Constitucional 1062/2003-R que refiere “si el recurrente considera que se dieron irregularidades
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido, de lo descrito y partiendo de lo anotado en la doctrina aplicable
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese y devuélvase.
