Auto Supremo AS/0792/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0792/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Que, en ese orden de cosas no se tomó en cuenta en la inspección judicial

Que, en ese orden de cosas no se tomó en cuenta en la inspección judicial la declaración del actor, quien confesó que no era el lugar donde trabajó y realizaba las tolvas sino en otro lugar (parte trasera) respecto de la cual no se demostró que la misma perteneciera a COMETRA en base a fotografías, propaganda además de certificaciones contradictorias que fueron objetadas por la recurrente y que considera que inclusive pudieron ser montadas a fin de demostrar una relación laboral inexistente, de ahí que considera que no se valoró las pruebas de la parte demandada y solamente se consideró la prueba del actor incumpliendo de esta manera lo dispuesto por los Arts. 3 Inc. h), 66 y 150 del CPT soslayando el principio de primacía de la verdad material contenida en el Art. 180 de la CPE