Auto Supremo AS/0792/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0792/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Que, por otra parte la recurrente manifiesta que la valoración de prueba es incensurable en

Que, por otra parte la recurrente manifiesta que la valoración de prueba es incensurable en casación, salvo error de hecho y de derecho que conste en documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta de la autoridad judicial, en tal mérito considera que el tribunal de apelación incurrió en error de hecho al valorar la prueba, por cuanto a lo largo de los numerales 2,3,4,5 y 6 del Segundo CONSIDERANDO del Auto de Vista recurrido, se señaló que existía una relación obrero patronal entre el demandante y COMETRA basándose en la prueba del actor, de donde se llegó a concluir erradamente la existencia de una relación obrero patronal sin haber considerado correctamente la maliciosa y temeraria pretensión del actor, al no haber valorado la prueba aportada por la parte demandada