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    Auto Supremo AS/0803/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0803/2019

    Fecha: 02-Dic-2019

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    • En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
    • El referido auto de vista, motivó que ambas partes interpongan recurso de casación, manifestando lo
    • I.2.1. En la forma
    • Manifestó que, tanto el auto de vista y como la sentencia, vulneran el debido proceso
    • Continuó citando las Sentencias Constitucionales Nos
    • Manifestó que, la sentencia que fue objeto de apelación, contiene incongruencia omitiva, debido a que
    • I.2.2. En el Fondo
    • A.- Existe un incorrecto cálculo del monto como promedio indemnizable
    • Indicó que el art
    • B
    • Refirió que, la relación laboral finalizó de forma voluntaria, debido a la renuncia voluntaria del
    • C
    • Señaló que en caso de un despido indirecto, como acusa el demandante, el empleador debe
    • Citó las Sentencias Constitucionales Nos
    • Concluyó solicitando se tenga por planteado el recurso de casación en contra del Auto de
    • I.3.1 Contestación al Recurso de Casación e interposición del Recurso por parte del demandante
    • Mediante memorial de fs
    • En el mismo memorial de contestación, el demandante interpuso recurso de casación manifestando lo siguiente
    • Manifestó que, el Auto de Vista recurrido vulneró el D
    • Siguió señalando que, el Auto de Vista recurrido, denegó dos derechos cuya pretensión se demandó
    • 2
    • Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista y se emita una nueva resolución
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • Es necesario traer a colación que el orden Constitucional, garantiza el principio de la doble
    • Bajo la misma línea, se debe señalar que la apelación es el recurso ordinario que
    • Bajo este contexto, éste Tribunal Supremo de Justicia encuentra que el Tribunal ad quem a
    • En ese sentido, el Tribunal ad quem, estaba en la obligación de entrar a considerar
    • Por consiguiente, se concluye que el Tribunal ad quem incurrió en la infracción señalada por
    • Es preciso hacer constar que, dada la nulidad que se dispone para que el Tribunal
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Sin multa por ser excusable
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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