Manifestó que, tanto el auto de vista y como la sentencia, vulneran el debido proceso
Manifestó que, tanto el auto de vista y como la sentencia, vulneran el debido proceso en su elemento a una resolución congruente, ya que contienen incongruencia omitiva, debido a que no resuelven todos los puntos puestos en consideración en la contestación de la demanda, vulnerando también el principio de congruencia, componente del debido proceso y aplicable a todas las resoluciones judiciales
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- El referido auto de vista, motivó que ambas partes interpongan recurso de casación, manifestando lo
- I.2.1. En la forma
- Manifestó que, tanto el auto de vista y como la sentencia, vulneran el debido proceso
- Continuó citando las Sentencias Constitucionales Nos
- Manifestó que, la sentencia que fue objeto de apelación, contiene incongruencia omitiva, debido a que
- I.2.2. En el Fondo
- A.- Existe un incorrecto cálculo del monto como promedio indemnizable
- Indicó que el art
- B
- Refirió que, la relación laboral finalizó de forma voluntaria, debido a la renuncia voluntaria del
- C
- Señaló que en caso de un despido indirecto, como acusa el demandante, el empleador debe
- Citó las Sentencias Constitucionales Nos
- Concluyó solicitando se tenga por planteado el recurso de casación en contra del Auto de
- I.3.1 Contestación al Recurso de Casación e interposición del Recurso por parte del demandante
- Mediante memorial de fs
- En el mismo memorial de contestación, el demandante interpuso recurso de casación manifestando lo siguiente
- Manifestó que, el Auto de Vista recurrido vulneró el D
- Siguió señalando que, el Auto de Vista recurrido, denegó dos derechos cuya pretensión se demandó
- 2
- Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista y se emita una nueva resolución
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Es necesario traer a colación que el orden Constitucional, garantiza el principio de la doble
- Bajo la misma línea, se debe señalar que la apelación es el recurso ordinario que
- Bajo este contexto, éste Tribunal Supremo de Justicia encuentra que el Tribunal ad quem a
- En ese sentido, el Tribunal ad quem, estaba en la obligación de entrar a considerar
- Por consiguiente, se concluye que el Tribunal ad quem incurrió en la infracción señalada por
- Es preciso hacer constar que, dada la nulidad que se dispone para que el Tribunal
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
