Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0803/2019
Fecha: 02-Dic-2019
I.2.1. En la forma
I.2.1. En la forma
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En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
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El referido auto de vista, motivó que ambas partes interpongan recurso de casación, manifestando lo
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I.2.1. En la forma
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Manifestó que, tanto el auto de vista y como la sentencia, vulneran el debido proceso
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Continuó citando las Sentencias Constitucionales Nos
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Manifestó que, la sentencia que fue objeto de apelación, contiene incongruencia omitiva, debido a que
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I.2.2. En el Fondo
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A.- Existe un incorrecto cálculo del monto como promedio indemnizable
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Indicó que el art
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B
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Refirió que, la relación laboral finalizó de forma voluntaria, debido a la renuncia voluntaria del
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C
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Señaló que en caso de un despido indirecto, como acusa el demandante, el empleador debe
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Citó las Sentencias Constitucionales Nos
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Concluyó solicitando se tenga por planteado el recurso de casación en contra del Auto de
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I.3.1 Contestación al Recurso de Casación e interposición del Recurso por parte del demandante
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Mediante memorial de fs
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En el mismo memorial de contestación, el demandante interpuso recurso de casación manifestando lo siguiente
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Manifestó que, el Auto de Vista recurrido vulneró el D
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Siguió señalando que, el Auto de Vista recurrido, denegó dos derechos cuya pretensión se demandó
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Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista y se emita una nueva resolución
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II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
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Es necesario traer a colación que el orden Constitucional, garantiza el principio de la doble
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Bajo la misma línea, se debe señalar que la apelación es el recurso ordinario que
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Bajo este contexto, éste Tribunal Supremo de Justicia encuentra que el Tribunal ad quem a
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En ese sentido, el Tribunal ad quem, estaba en la obligación de entrar a considerar
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Por consiguiente, se concluye que el Tribunal ad quem incurrió en la infracción señalada por
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Es preciso hacer constar que, dada la nulidad que se dispone para que el Tribunal
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Sin multa por ser excusable
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En cumplimiento a lo previsto en el art
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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