CONSIDERANDO I
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 002/2019
Sucre, 06 de febrero de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 527/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 117 a 119 de obrados, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en calidad de Directora General Ejecutiva de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija ZOFRACOIJA, en virtud de La Resolución Suprema Nº 14095 de 26 de diciembre de 2014, por la cual se la designa como Directora General Ejecutiva de la ZOFRACOBIJA, contra el Auto de Vista Nº 391/2017 de 7 de septiembre, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social de la Niña Niño y Adolecente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social de pago de beneficios y derechos sociales, seguido por Henry Taborga Sanda, contra la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija-ZOFRACOBIJA, el Auto de 13 de octubre de 2017 que concedió el recurso, el Auto N° 527/2017-A de 14 de noviembre que admitió el recurso, el Auto de 6 de diciembre de 2018 que autoriza la solicitud de priorización de sorteo anticipado, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 002/2019
Sucre, 06 de febrero de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 527/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 117 a 119 de obrados, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en calidad de Directora General Ejecutiva de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija ZOFRACOIJA, en virtud de La Resolución Suprema Nº 14095 de 26 de diciembre de 2014, por la cual se la designa como Directora General Ejecutiva de la ZOFRACOBIJA, contra el Auto de Vista Nº 391/2017 de 7 de septiembre, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social de la Niña Niño y Adolecente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social de pago de beneficios y derechos sociales, seguido por Henry Taborga Sanda, contra la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija-ZOFRACOBIJA, el Auto de 13 de octubre de 2017 que concedió el recurso, el Auto N° 527/2017-A de 14 de noviembre que admitió el recurso, el Auto de 6 de diciembre de 2018 que autoriza la solicitud de priorización de sorteo anticipado, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
- CONSIDERANDO I
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de
- I.2.- Auto de Vista
- La Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija, se encuentra bajo el régimen de la
- Disposición en base a la cual, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través
- Concluyó el memorial solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista
- No habiendo contestado el demandante, el recurso de casación planteado, por proveído de 13 de
- IV.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La Constitución Política del Estado, en los parágrafos III y IV del art
- Debemos recordar que la Constitución Política del Estado que en su art
- AL constituir el trabajo un derecho fundamental, se encuentra protegido por la propia Constitución, la
- Por los antecedentes del proceso, se demuestra que el demandante trabajó en la Zona Franca
- Por otro lado, considerando los términos antes expuestos y siendo que el recurrente argumenta que
- Concluyendo, no se puede aducir violación a las normas administrativas, pues corresponde a los tribunales
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
