I.2.- Auto de Vista
2011-2 MESES-SALARIO Bs. 2.000
800
2012-6 MESES-SALARIO Bs. 13.747
2.749
2012-6 MESES-SALARIO Bs. 18.078
3.616
2013-3 MESES-SALARIO Bs. 7.733
1.547
2013-5 MESES-SALARIO Bs. 21.761
4.352
2013-4 MESES-SALARIO Bs. 13.873
2.775
2014-2 MESES-SALARIO Bs. 5.394
1.079
2014-10 MESES-SALARIO Bs. 5.490
10.980
2015-2 MESES-SALARIO Bs. 8.172
1.634
2015-6 MESES SALARIO Bs. 5.016
6.019
2015-4 MESES SALARIO Bs. 3.825
3.060
2016-1 MES-SALARIO Bs. 2.677
535
2016-11 MESES-SALARIO Bs.3.825
8.415
2017-2 MESES-SALARIO Bs. 7.522
1.504
TOTAL
49.065
I.2.- Auto de Vista
- CONSIDERANDO I
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de
- I.2.- Auto de Vista
- La Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija, se encuentra bajo el régimen de la
- Disposición en base a la cual, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través
- Concluyó el memorial solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista
- No habiendo contestado el demandante, el recurso de casación planteado, por proveído de 13 de
- IV.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La Constitución Política del Estado, en los parágrafos III y IV del art
- Debemos recordar que la Constitución Política del Estado que en su art
- AL constituir el trabajo un derecho fundamental, se encuentra protegido por la propia Constitución, la
- Por los antecedentes del proceso, se demuestra que el demandante trabajó en la Zona Franca
- Por otro lado, considerando los términos antes expuestos y siendo que el recurrente argumenta que
- Concluyendo, no se puede aducir violación a las normas administrativas, pues corresponde a los tribunales
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
