La referida sentencia, motivó a la parte demandante, a interponer el recurso de casación en
I.2 Motivos del recurso de casación
La referida sentencia, motivó a la parte demandante, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 600 a 604 vta., manifestando en síntesis:
Que el contrato ya fue resuelto con anterioridad por parte de BRITANICA S.R.L, por causales atribuibles a la entidad demandada, en aplicación de las reglas previstas en el punto 21.4 de la cláusula vigésima primera, dio aviso escrito a la entidad mediante carta notariada GGB/025-15 sobre su intención de resolución de contrato, debido a la no atención a la ampliación de plazo Nº 4 y orden de trabajo Nº 3, así como la falta de readecuación o ajuste de cantidades de obra, y sin responder a dicha intención de resolución de contrato, la entidad demandada, plantea a su vez intención de resolución de contrato, sin dar respuesta a la intención de resolución que fuera formulada con anterioridad por el demandante, por ello el 5 de marzo de 2015, mediante nota GGB/055-15 Británica S.R.L, comunica a la entidad demandada que la resolución de contrato se ha hecho efectiva, al no haberse cumplido con las causas por las que se planteó la intención de resolución de contrato, solicitando la devolución de la garantía de cumplimiento de contrato
La referida sentencia, motivó a la parte demandante, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 600 a 604 vta., manifestando en síntesis:
Que el contrato ya fue resuelto con anterioridad por parte de BRITANICA S.R.L, por causales atribuibles a la entidad demandada, en aplicación de las reglas previstas en el punto 21.4 de la cláusula vigésima primera, dio aviso escrito a la entidad mediante carta notariada GGB/025-15 sobre su intención de resolución de contrato, debido a la no atención a la ampliación de plazo Nº 4 y orden de trabajo Nº 3, así como la falta de readecuación o ajuste de cantidades de obra, y sin responder a dicha intención de resolución de contrato, la entidad demandada, plantea a su vez intención de resolución de contrato, sin dar respuesta a la intención de resolución que fuera formulada con anterioridad por el demandante, por ello el 5 de marzo de 2015, mediante nota GGB/055-15 Británica S.R.L, comunica a la entidad demandada que la resolución de contrato se ha hecho efectiva, al no haberse cumplido con las causas por las que se planteó la intención de resolución de contrato, solicitando la devolución de la garantía de cumplimiento de contrato
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- II.1 Fundamentos Jurídicos
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- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
