Auto Supremo AS/0038/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2019

Fecha: 07-Feb-2019

Señalando así que, confrontados los actuados y antecedentes, se debe hacer referencia a lo dispuesto

Señalando así que, confrontados los actuados y antecedentes, se debe hacer referencia a lo dispuesto por el art. 180.II de la CPE, que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales; sin embargo, la impugnación no debe considerarse como absoluta o ilimitada, pues este derecho debe ser ejercido conforme a lo establecido por ley; es decir, cumpliendo ciertas previsiones, exigencias y requisitos