Auto Supremo AS/0184/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2019

Fecha: 27-Feb-2019

Del contexto del citado Auto de Vista Nº 118/2018 de fecha 29 de mayo,

Del contexto del citado Auto de Vista Nº 118/2018 de fecha 29 de mayo, se advierte que el Tribunal de apelación ha dispuesto de oficio la nulidad de obrados hasta fs. 37, bajo el entendido de que la demandante al presentar su demanda de determinación judicial de bienes propios y gananciales presentada en fecha 05 de septiembre de 2016 tenía conocimiento del domicilio real del demandado sin embargo no promovió su citación personal, insistiendo en un desconocimiento del domicilio del demandado que al final se produjo, conducta procesal asumida por la demandante que recae en la inobservancia de la lealtad procesal que las partes deben al órgano jurisdiccional, limitando un conocimiento oportuno de la demanda por parte del demandado, quien tiene derecho a ser oído, asumir defensa y presentar sus razones y sus medios probatorios en los tiempos y formas previstas por ley, circunstancia que no ha sido observada en este caso ni por la demandante, ni por el juez A quo en su calidad de garante de los derechos de las partes en el proceso, causándole indefensión al demandado, por lo que corresponde anular el Auto de Vista y obrados hasta fs. 37, manifestando que es deber del Tribunal de Alzada reparar los agravios al debido proceso para permitir que las partes se sometan a un justo proceso en el marco de la lealtad procesal y la igualdad de las partes como componentes del valor justicia y los principio ético morales que deben regir no solo la actividad jurisdiccional desplegada por las partes sino en los propios operadores de justicia