Doctrina aplicable al caso
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Doctrina aplicable al caso:
En el recurso de casación, se debe identificar de manera clara y concreta si se interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad determinar la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, que se encuentren sancionadas con nulidad por ley y que conlleven la afectación del debido proceso, por errores in procedendo; mientras que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo modificar el contenido de un Auto Definitivo, Sentencia o Auto de Vista, impugnados, al evidenciarse que los Jueces o Tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando; estos aspectos imperativamente deberán ser exteriorizados a través del recurso de casación presentado por la parte recurrente, explicando en qué consiste la violación, e identificando la normativa que considera fue omitida, infringida, vulnerada o aplicada erróneamente
Doctrina aplicable al caso:
En el recurso de casación, se debe identificar de manera clara y concreta si se interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad determinar la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, que se encuentren sancionadas con nulidad por ley y que conlleven la afectación del debido proceso, por errores in procedendo; mientras que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo modificar el contenido de un Auto Definitivo, Sentencia o Auto de Vista, impugnados, al evidenciarse que los Jueces o Tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando; estos aspectos imperativamente deberán ser exteriorizados a través del recurso de casación presentado por la parte recurrente, explicando en qué consiste la violación, e identificando la normativa que considera fue omitida, infringida, vulnerada o aplicada erróneamente
- Demandante: Edilberto León Mendoza y Neptalí Cuellar Landívar
- Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
- Sentencia
- Auto de Vista
- II.- RECURSO DE CASACIÓN Y ADMISIÓN
- 1.- En la forma
- Denunció la transgresión de los arts
- Petitorio
- Los demandantes por escrito de fs
- Doctrina aplicable al caso
- Fundamentos del caso concreto
- Respecto del fondo del asunto se argumentó la vulneración de varias normas del Código de
- Respecto del argumento inserto en el recurso respecto de la presunta falta de consideración de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado de los demandantes, en Bs
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
