Auto Supremo AS/0149/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0149/2019

Fecha: 19-Mar-2019

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de

En mérito a lo expuesto y encontrándose infundados los motivos traídos en casación, corresponde aplicar el art. 220-II del CPC-2013, por la permisión del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 116 a 121 de obrados, interpuesto por Mario Andrés Jorge Flores Moreno, en representación de la Empresa Constructora ECO CIVIL SRL, contra el Auto de Vista N° 28 de 15 de febrero de 2017, cursante de fs. 113, emitido por la Sala Primera Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, con costas