Auto Supremo AS/0154/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2019

Fecha: 19-Mar-2019

De las normas citadas precedentemente se extrae que el plazo para que el contribuyente interponga


El art. 227 de la Ley Nº 1340 “La demanda contencioso-tributaria deberá ser presentada directamente al Tribunal Fiscal en la ciudad de La paz dentro de los quince días siguientes al de la notificación de la resolución administrativa,……”; por su parte el art. 174 de la norma citada señala “Los actos de la Administración por los que se determine tributos o se apliquen sanciones pueden impugnarse por quien tenga un interés legal, dentro del término perentorio de quince (15) días computables a partir del día y hora de su notificación al interesado, hasta la misma hora del día de vencimiento del plazo, por una de las siguientes vías, a opción del interesado: 1) Recurso de revocatoria ante la autoridad que dictó la resolución. Cuando este haya sido rechazado se interpondrá ante la instancia jerárquica superior y en su ultima instancia ante el Ministerio de Finanzas. 2) Acción ante la autoridad jurisdiccional que se sustanciará con arreglo a lo dispuesto en el procedimiento contencioso tributario establecido en el Título VI de este Código...”
De las normas citadas precedentemente se extrae que el plazo para que el contribuyente interponga demanda contenciosa tributaria ante autoridad jurisdiccional, es de 15 días siguientes a su notificación con la resolución administrativa