Auto Supremo AS/0154/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2019

Fecha: 19-Mar-2019

Por otra parte, el Tribunal de alzada tampoco se pronunció respecto al timbre electrónico, con

Por otra parte, el Tribunal de alzada tampoco se pronunció respecto al timbre electrónico, con el cargo que fue puesto, conforme a la norma del parág. I del art. 108 de la Ley del Órgano Judicial, con relación al art. 107 de la misma ley, que establece que la oficina de servicios comunes del tribunal departamental de justicia, mediante sistema informático, recepcionará y distribuirá las demandas nuevas. Tampoco se pronunció respecto ante qué autoridad se debiese presentar la demanda contenciosa tributaria, ante la ausencia del Buzón Judicial para la presentación en caso de urgencias y cuando esté por vencerse un plazo perentorio. Aspecto que también constituyó objeto de apelación