Presentado el proceso contencioso tributario por el contribuyente Compañía Industrial Azucarera San Aurelio S
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 154
Sucre, 19 de marzo de 2019
Expediente: 067/2018
Demandante: Compañía Industrial Azucarera San Aurelio
Demandado: Impuestos Nacionales GRACO Santa Cruz
Proceso : Contencioso Tributario
Distrito: Santa Cruz
Relatora: Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 188 a 191, interpuesto por la Compañía Industrial Azucarera “San Aurelio”, representada por Ramón Aurelio Gutiérrez Sosa, contra el Auto de Vista Nº 07/2017 de 18 de enero, cursante de fs. 167 a 169 vta., pronunciado por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso contencioso tributario seguido por el recurrente, contra la Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz (GRACO-SCZ) del Servicio de Impuestos Nacionales, contestación al recurso de fs.195 a 199 vta., Auto N° 186/2017 de 15 de noviembre cursante a fs. 200 por el que se concede el recurso; Auto de 22 de febrero de 2018 de fs. 210 por el que se admite el mismo; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Auto definitivo Nº 43 de 4 de febrero de 2013.
Presentado el proceso contencioso tributario por el contribuyente Compañía Industrial Azucarera San Aurelio S.A., y ante la excepción perentoria de plazo vencido y respuesta a la demanda presentada por el Servicio de Impuestos Nacionales, la Jueza Primero Administrativo Coactivo y Tributario Fiscal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto Definitivo Nº 43 de 4 de febrero de 2013, cursante de fs. 122 a 125 vta., que declara Probada la Excepción de Plazo Vencido, disponiendo el archivo de la misma una vez se encuentre ejecutoriado el presente auto
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 154
Sucre, 19 de marzo de 2019
Expediente: 067/2018
Demandante: Compañía Industrial Azucarera San Aurelio
Demandado: Impuestos Nacionales GRACO Santa Cruz
Proceso : Contencioso Tributario
Distrito: Santa Cruz
Relatora: Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 188 a 191, interpuesto por la Compañía Industrial Azucarera “San Aurelio”, representada por Ramón Aurelio Gutiérrez Sosa, contra el Auto de Vista Nº 07/2017 de 18 de enero, cursante de fs. 167 a 169 vta., pronunciado por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso contencioso tributario seguido por el recurrente, contra la Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz (GRACO-SCZ) del Servicio de Impuestos Nacionales, contestación al recurso de fs.195 a 199 vta., Auto N° 186/2017 de 15 de noviembre cursante a fs. 200 por el que se concede el recurso; Auto de 22 de febrero de 2018 de fs. 210 por el que se admite el mismo; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Auto definitivo Nº 43 de 4 de febrero de 2013.
Presentado el proceso contencioso tributario por el contribuyente Compañía Industrial Azucarera San Aurelio S.A., y ante la excepción perentoria de plazo vencido y respuesta a la demanda presentada por el Servicio de Impuestos Nacionales, la Jueza Primero Administrativo Coactivo y Tributario Fiscal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto Definitivo Nº 43 de 4 de febrero de 2013, cursante de fs. 122 a 125 vta., que declara Probada la Excepción de Plazo Vencido, disponiendo el archivo de la misma una vez se encuentre ejecutoriado el presente auto
- Presentado el proceso contencioso tributario por el contribuyente Compañía Industrial Azucarera San Aurelio S
- Auto de Vista Nº 46/17 SSA-II de 17 de abril
- Casación en la forma
- La resolución objeto de este recurso fue emitida violando las formas esenciales del proceso
- Por otra parte, el Tribunal de alzada tampoco se pronunció respecto al timbre electrónico, con
- El Tribunal de Alzada por auto de 19 de abril de 2017, se negó a
- También, no se cumplió con la última parte del parág
- Casación en el fondo
- Acusa la violación del parág
- Entre los principios que debe sujetarse la jurisdicción ordinaria se encuentra el de “legalidad” y
- Por otro lado, acusa la aplicación indebida del art
- A continuación, señala, la aplicación indebida del art
- En tal sentido peticiona se admita el recurso y se dicte resolución anulatoria de la
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- El art
- El tratadista Juan Carlos Cassagne manifiesta: “…En el procedimiento administrativo, el órgano que lo dirige
- Del examen del recurso de casación en la forma y fondo, el Auto de Vista
- De los reclamos expuestos en el recurso de casación, se tiene que los mismos se
- Posteriormente el señor Ramón Aurelio Gutiérrez Sosa, Presidente del Directorio de la Compañía Industrial Azucarera
- De las normas citadas precedentemente se extrae que el plazo para que el contribuyente interponga
- Ahora bien, si por determinación de la Disposición Final Primera del Código Tributario de 2
- La Sentencia Constitucional Nº 0076/2004 de 16 de julio refiere
- En el caso presente, con la Resolución Administrativa Nº 21-00004-12 de 10 de abril fue
- Desde el 7 de febrero de 2009, rige en Bolivia un nuevo orden constitucional con
- Al respecto el Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP 0281/2013, del 13 de marzo, estableció
- Por lo que el rechazo de la demanda constituye un vicio procesal advertido, un
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
