En respuesta a todas las observaciones, el demandante presenta el memorial “Cumple lo ordenado”, en
En respuesta a todas las observaciones, el demandante presenta el memorial “Cumple lo ordenado”, en el que manifiesta que “(…) los argumentos referentes a la resolución de contrato demuestran el incumplimiento del contrato de obra por parte de la entidad demandada y es por ese motivo que se solicitó se deje sin efecto la carta notariada… y como consecuencia se ordene el cumplimiento del contrato de obra,(…)” ; sin que exista la aclaración o subsanación de los aspectos observados, pues simplemente se ratificaron los argumentos de la demanda que como se advirtió en la providencia, carecen de congruencia e impiden resolver la pretensión en los términos expuestos, motivando en consecuencia la emisión del Auto Definitivo de 17 de enero de 2018, que señala que no se subsanaron las observaciones realizadas, pues si el demandante cumplió con el contrato, debió demandar de forma principal la nulidad de la Carta notariada que comunica la Resolución del Contrato, y a consecuencia de ello recién solicitar el cumplimiento del contrato, precisando los aspectos que incumplió la entidad contratante
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Rolando Mauro Urzagaste en representación legal de la
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Auto Definitivo de 17 de enero de 2017
- Ante esta determinación, el demandante interpuso recurso de casación, que fue concedido mediante Auto de
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Mediante memorial presentado el 14 de febrero de 2018, Rolando Mauro Urzagaste interpuso “Recurso de
- 1.Violación del art. 327 num. 9) del Código de Procedimiento Civil
- En consideración a los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- A este efecto, la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo, ha establecido que el Recurso
- De lo expuesto, se tiene que la intención del Tribunal A quo al observar la
- En respuesta a todas las observaciones, el demandante presenta el memorial “Cumple lo ordenado”, en
- De lo anterior, se evidencia que no resultan ciertos los argumentos del Recurso de Casación,
- Asimismo, el art
- En consecuencia al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
