Auto Supremo AS/0162/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0162/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 36/2017 de 4 de agosto (fs. 16 a 20 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Elías Hurtado Jiménez, autor y culpable de la comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, imponiendo la pena de diez años de presidio, con costas y multa; asimismo, conforme al art. 149 incs. b) y c) de la Ley 548, se preceptuó medidas preventivas: 1) Tratamiento psicológico o psiquiátrico, una vez ejecutoriada la Sentencia durante el tiempo que los especialistas estimen conveniente y aun cuando el imputado se encuentre en libertad; y 2) la prohibición de acercarse, vivir o trabajar cerca de las Unidades Educativas, parques o lugares donde concurran niños, niñas y adolescentes, una vez cumplida la sanción penal.

Contra la mencionada Sentencia, el imputado Elías Hurtado Jiménez, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 36 a 37 vta.); a cuyo efecto, la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió el Auto de Vista de 22 de agosto de 2018, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.

Por diligencia de 23 de noviembre de 2018 (fs. 65 vta.), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 28 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios:

El recurrente refiere que el Auto de Vista no consideró ni valoró la denuncia sobre el incidente de exclusión probatoria sobre las pruebas MP-3, MP-7, MP-8 y MP-10, lo cual le dejó en estado de indefensión; asimismo, señala que el Tribunal del Sentencia rechazó el mismo sin la debida fundamentación; y sin embargo de ello, el Auto de Vista decidió mantener la Sentencia, situación que vulneraría su derecho a la defensa y al debido proceso; por lo que, correspondería anular la Sentencia