Auto Supremo AS/0162/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0162/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

En el tercer motivo, se hace referencia a que fundó su apelación en el defecto


Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 1075/2003, 1056/2003-R y 727/2003-R, de las cuales se debe tener en cuenta que no pueden constituirse en precedentes contradictorios debido a que no se encuentran bajo las previsiones del art. 416 del CPP; por lo que, las mismas no pueden ser objeto de análisis a efectos de verificar alguna contradicción que pudiera existir entre el Auto de Vista con algún precedente contradictorio válido, ante la ausencia del mismo; aspectos que hacen ver el incumplimiento de los requisitos de admisión que se encuentran previstos en el art. 417 del CPP; motivo por el cual, esta denuncia resulta inadmisible.

En el tercer motivo, se hace referencia a que fundó su apelación en el defecto comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, debido a que no existió una prueba directa que lo involucre en el hecho acusado; por lo que, se debió aplicar lo previsto en los arts. 363 inc. 2) y 7 del CPP