Si el Auto de Vista 010/2018 de 16 de febrero, consideró la existencia de una
Si el Auto de Vista 010/2018 de 16 de febrero, consideró la existencia de una hipótesis cuya facticidad y veracidad se reclamaba, como lo asume en su Considerando II, no se comprende cuales las razones de no brindar una respuesta en coherencia a esa afirmación. Si bien a fs. 1445, se lee que es viable “una revisión pormenorizada de las pruebas con el único objeto de establecer su…guardan logicidad”, a continuación dicho ejercicio no es realizado, siendo que, una descripción del texto de la Sentencia no podría ser considerada como cumplimiento del art. 124 del CPP, que es taxativo al prohibir que la fundamentación no puede ser reemplazada por la simple relación de los documentos
- Por memorial presentado el 1 de junio de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 03/2016 de 3 de mayo (fs
- En conocimiento del señalado recurso la Sala pronunció, en juicio de admisibilidad, el Auto Supremo
- Alega que el Tribunal de apelación omitió ejercer su deber de control de logicidad sobre
- Pronunciada la Sentencia, ambas partes promovieron recurso de apelación restringida
- Falta de fundamentación en la Sentencia en el marco del art
- Alegó falta de fundamentación inherente a la subsunción de la conducta al tipo penal, invocando
- En cuanto a la fijación de la pena, manifestó la apelante que no se había
- [i] Valoración defectuosa de la prueba, art
- [ii] Falta de fundamentación de la Sentencia, defecto del art
- [iv] Falta de fundamentación e incumplimiento de pautas mínimas en la fijación de la pena,
- La recurrente llega a la conclusión de que el Auto de Vista vulneró el debido
- III
- Los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de marzo
- De inicio la Sala aclara que no le corresponde formar convicción a partir del examen
- Así las cosas, como se tiene descrito en el apartado II
- Si el Auto de Vista 010/2018 de 16 de febrero, consideró la existencia de una
- En la contextura del Auto de Vista impugnado, se encuentra una serie de proposiciones más
- La Sala tiene presente que la resolución impugnada pretende orden y secuencia en su redacción,
- En el caso en análisis, el Auto de Vista en cuestión ofrece un panorama
- En ese orden, teniendo presente que el precedente contradictorio invocado, propone como doctrina legal aplicable
- II
- La labor de control de logicidad, estima la verificación de los razonamientos hechos en Sentencia,
- Como se concluyó en el anterior apartado, la fundamentación en el Auto de Vista 010/2018
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
