Auto Supremo AS/0239/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2019

Fecha: 08-Mar-2019

A su vez, la demandada Raymunda Gonzáles Romero también solicitó corrección de la sentencia (fs

2.Llevada a cabo la audiencia preliminar (fs. 274 a 279), así como la audiencia complementaria (fs. 364 a 365, 547 a 552 vta., 554 a 566), el 4 de abril de 2018, el Juez Público Civil y Comercial Cuarto de la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, dictó la Sentencia Nº 50/2018 (fs. 558 a 566) declarando: IMPROBADA la demanda de entrega de terreno, solicitando la demandante “Explicación y complementación” en (fs. 568 y fs. 571), a cuya consecuencia, el juez de la causa pronunció el Auto N° 179/2018 de 17 de abril, determinando “No ha lugar a la complementación solicitada”, con el argumento que conforme al art. 226.III del Código Procesal Civil, cuando se trate de resoluciones dictadas en audiencia, aquella solicitud debe ser formulada sin otro trámite en la misma audiencia (fs. 571 vta.).
A su vez, la demandada Raymunda Gonzáles Romero también solicitó corrección de la sentencia (fs. 574), mereciendo el Auto N°180/2018 de fs. 574 vta., complementándose la sentencia, añadiéndose en la parte resolutiva el pago de costas y costos con cargo a la parte demandante de acuerdo a lo establecido en el art.223.I de la Ley N°439