Auto Supremo AS/0074/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0074/2019

Fecha: 24-Abr-2019

CONSIDERANDO II: Que, la Revisión de Sentencia Ejecutoriada, constituye un recurso extraordinario, por el que


CONSIDERANDO II: Que, la Revisión de Sentencia Ejecutoriada, constituye un recurso extraordinario, por el que se puede impugnar y revisar fallos pasados en autoridad de cosa juzgada, al amparo del art. 421 del Código de Procedimiento Penal, en concordancia con el art. 184 num. 7 de la Constitución Política del Estado, en relación con los arts. 25 del Pacto de San José de Costa Rica, 8º de la Declaración Universal de Derechos Humanos; en ese entendido, es un medio de reconsideración excepcional contra una sentencia debidamente ejecutoriada, en situaciones o casos de errores judiciales, por medio del cual el Juzgador puede rectificar el exceso, a favor de los condenados y reafirmar los principios de la justicia; cuyo fin es anular sentencias firmes e injustas, por ello mantiene la excepcionalidad del instituto a través de rígidos requisitos formales, cuyo trámite es independiente, en forma separada y se debe sustentar en cualesquiera de las causales establecidas en el art. 421 del Código de Procedimiento Penal y el cumplimiento de los requisitos formales previstos en el art. 423 de la citada norma. En este marco legal, no es suficiente la relación de antecedentes y la mención de la normativa inherente al recurso, sino la acreditación de las pruebas idóneas que justifiquen las causales invocadas, para sustentar la procedencia de la Revisión Extraordinaria de Sentencia Ejecutoriada, que sólo es admisible cuando se acredita la concurrencia de los presupuestos exigidos por ley