Auto Supremo AS/0074/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0074/2019

Fecha: 24-Abr-2019

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


En consecuencia, quien pretende la revisión extraordinaria de una sentencia condenatoria firme, debe inexcusablemente cumplir con los requisitos formales y sustanciales previstos en las normas señaladas, al no concurrir los presupuestos establecidos en la ley, corresponde declarar inadmisible el recurso interpuesto,
salvándose el derecho del recurrente a oponer un nuevo recurso por otras causales,
conforme establece el art. 427 del Código de Procedimiento Penal.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de sus atribuciones conferida por el art. 38 num. 6 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial y en aplicación de la disposición contenida en el art. 423 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, presentado por Zenón Ochoa Balboa y María Luisa Urquizo Tambo, salvando el derecho reconocido en el art. 427 del Código de Procedimiento Penal