Auto Supremo AS/0101/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0101/2019

Fecha: 08-Abr-2019

Manifiesta la recurrente que en el presente caso, el tribunal de revisión, no observó que

I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por Evelín Roxana Magne Alejandro, en representación de Marcelino Honorato Claros Ortiz, de fs. 532 a 534 vta., la Sala Primera del Trabajo y Seguridad Social 2º del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 100 de 23 de agosto de 2017, cursante de fs. 553 a 554, confirma el Auto Nº 450 de 19 de mayo de 2005, cursante de fs. 311 y vta., del expediente.
II. RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA. –
Manifiesta la recurrente que, de acuerdo con la abundante jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Supremo de Justicia, el recurso de casación es un recurso extraordinario, que se constituye en una nueva demanda de puro derecho, que debe contener y circunscribirse a los requisitos enumerados en el artículo Nº 271 del Código de Procedimiento Civil.
Manifiesta la recurrente que en el presente caso, el tribunal de revisión, no observó que el juez de la causa dispuso mediante auto de fs. 311, declarar improbada la excepción de pago planteada por la Empresa de Seguridad Lider, sin haber considerado y valorado de manera objetiva, toda la documental presentada, como descargo de la parte demandada