Auto Supremo AS/0114/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2019

Fecha: 09-Abr-2019

Que el art

Que el art. 160 del Código Procesal del Trabajo (CPT) establece que cuando el demandado se niega a presentar algún documento solicitado por el actor, el juez conminará a exhibirlo bajo alternativa de presunción de certidumbre, disposición concordante con el art. 157 de mismo Código. Refirió que ha solicitado se conmine a la parte demandada a que presente las planillas de pago correspondientes de las gestiones 2015 y 2016; sin embargo, el juez instruyó se le extienda certificado de trabajo sin haberse pronunciado respecto de la conminatoria solicitada, parcializándose de esa manera con la parte demandada, correspondiendo en consecuencia, dar por cierto lo afirmado en cuanto al tiempo de trabajo. Por otro lado manifestó que de acuerdo al art. 3.h) concordante con el art. 150, ambos del CPT la carga de la prueba corresponde al empleador, situación que no ocurrió, y peor aún, negándose a presentar lo solicitado y ordenado por el juez