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A su vez el art. 261.III del Código Procesal Civil establece que “Cualquiera de las partes podrá solicitar el diligenciamiento de prueba en segunda instancia, tanto en el escrito de interposición del recurso como en el de contestación, y el tribunal superior accederá a la solicitud en los siguientes casos:…
4. Cuando se tratare de desvirtuar documento que no se pudo presentar en primera instancia, por fuerza mayor o caso fortuito o por obra de la parte contraria. En estos casos, se solicitará el diligenciamiento de la prueba correspondiente, conforme a lo prescrito para presentar prueba con la demanda”
4. Cuando se tratare de desvirtuar documento que no se pudo presentar en primera instancia, por fuerza mayor o caso fortuito o por obra de la parte contraria. En estos casos, se solicitará el diligenciamiento de la prueba correspondiente, conforme a lo prescrito para presentar prueba con la demanda”
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral,
- I.2.- Auto de Vista
- Que, del referido auto
- Luego de una
- Que el art
- II.3.- Petitorio
- II.2 Segundo recurso
- II
- II
- II.2.5 Petitorio
- Concluyó el memorial solicitando
- III
- Que, así expuestos los
- El art
- 4
- En consecuencia, si bien en
- III.2 Segundo recurso
- Con relación de los
- Ahora bien, de acuerdo
- Asimismo, el D
- II
- En tal sentido, toda
- En ese sentido, la
- POR TANTO: La
- Sin costas, por ser ambas partes recurrentes
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
