Auto Supremo AS/0114/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2019

Fecha: 09-Abr-2019

En consecuencia, si bien en

En tal sentido, debe tenerse presente que la prueba es el medio que lleva a saber si un hecho es real o falso, o por lo menos a aproximarnos lo más cercanamente posible a tal verdad, es el camino que nos permite a través de un proceso judicial confirmar que el derecho en realidad nos pertenece o no; así, en el caso concreto, advertimos que la actora no aportó elementos probatorios que de manera útil y eficaz, tiendan a demostrar la existencia de su relación laboral, puesto que en aplicación de los arts. 66 y 150 del Adjetivo Laboral, tenía la posibilidad de hacerlo en su propio beneficio, lo que evidentemente no sucedió.
En consecuencia, si bien en el recurso de casación se acusan distintas disposiciones laborales de carácter constitucional y sustantivo como infringidas, -art. 3.h) concordante con el art. 150, ambos del CPT, art. 21 de la LGT y art. 48.III de la CP-; sin embargo, se hacía imprescindible para generar convicción en el juzgador, que se aporte prueba pertinente, eficaz y suficiente para demostrar tal postura, puesto que sin ella, no es posible concluir en un fáctico distinto y consiguientemente tampoco es posible la aplicación del derecho sustantivo demandado