b) Las universidades públicas son autónomas y la carrera administrativa de estas, se rige por
b) Las universidades públicas son autónomas y la carrera administrativa de estas, se rige por el Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana y Reglamento General de la Docencia, que disponen el libre nombramiento de sus autoridades, personal docente y administrativo, la elaboración y aprobación de sus estatutos y planes de estudio y presupuestos anuales; y de acuerdo a la misma, para que la UMSS efectúe la remuneración a un docente, este necesariamente debe tener su nombramiento por conducto regular, mismo que inicia con el Consejo de Carrera, cuya aprobación es refrendada por el Consejo Facultativo solicitando al Rector su designación, y es a partir de ese momento que el docente cuenta con su correspondiente seguimiento académico, que a su vez hace viable el pago de sus salarios. Asimismo, el art. 12 del Reglamento de Carga Horaria, Incompatibilidad, Asistencia y Remuneración del Personal Docente, prevé que la designación de un docente a tiempo parcial, se efectuará mediante Resolución del Honorable Consejo Facultativo, en base a la convocatoria del Reglamento de Admisión y Seguimiento Docente y a solicitud de los requerimientos académicos; sin embargo, en el caso presente, el demandante nunca cumplió con la referida normativa, extremo que se corrobora con la certificación de fs. 343 emitida por el Jefe de Personal Académico de la UMSS, que tampoco fue valorada en alzada
- La entidad recurrente, por intermedio de sus representantes legales, manifiesta que el Tribunal de alzada
- b) Las universidades públicas son autónomas y la carrera administrativa de estas, se rige por
- En base a lo expuesto, concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto
- En consideración de los argumentos expuestos por la entidad recurrente, de acuerdo a la problemática
- En ese entendido, es necesario precisar primeramente que, la valoración y compulsa de la prueba,
- Por otro lado y en coherencia con lo anterior, en aplicación del principio de inversión
- En el caso de análisis, del contenido del Auto de Vista recurrido, se observa que
- De todo lo señalado se concluye entonces, que el Tribunal de apelación, confirmó lo determinado
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
