Auto Supremo AS/0288/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2019

Fecha: 01-Abr-2019

Por lo que, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por el

Aspectos que al no haber sido considerados por el Tribunal de alzada, denotan una resolución carente de congruencia, ajena a los agravios formulados en segunda instancia, debiendo en consecuencia el referido Tribunal emitir un nuevo fallo con la pertinencia del art. 265.I del Código Procesal Civil.
Por lo que, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por el artículo 220.III del Código Procesal Civil