Sobre este extremo, conviene de inicio señalar que de acuerdo a lo preceptuado por el
Sobre este extremo, conviene de inicio señalar que de acuerdo a lo preceptuado por el art. 218.I del Código Procesal Civil en relación al art. 213.I de la misma norma, el Auto de Vista dictado como emergencia de la interposición de un recurso de alzada, ineludiblemente debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación, de tal manera que no se vea mermado el debido proceso en sus elementos motivación y congruencia, según el cual, la resolución judicial debe ser exacta, precisa y relacionada con la pretensión oportunamente deducida en el pleito, puesto que el contenido de las resoluciones deben estar limitadas al sentido y alcance de las peticiones de las partes, para que exista identidad entre lo resuelto, las pretensiones y los agravios denunciados
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Respuesta al recurso de casación
- 1
- CONSIDERANDO III
- Conforme refiere la SCP 0235/2015-S1 de 26 de febrero; el debido proceso, entre otras acepciones,
- En ese orden de ideas, la fundamentación y motivación como vertientes del debido proceso, deben
- III.2.- De la obligatoriedad de protestar la apelación en el efecto diferido
- Sobre esta temática en la doctrina aplicable del Auto Supremo Nº 257/2018 de 04 de
- Expuesta como está la doctrina legal aplicable corresponde expresar las siguientes consideraciones
- Sobre este extremo, conviene de inicio señalar que de acuerdo a lo preceptuado por el
- En ese marco, en el sub judice, se tiene que el Tribunal de alzada, al
- Por lo que, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por el
- Siendo excusable el error incurrido por los Vocales del Tribunal de segunda instancia signatarios del
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
