CONSIDERADO II
CONSIDERADO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se observa que Cira Gallardo Quispe, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
1. Que el Tribunal de alzada vulneró lo establecido por el art. 87 del Código Civil, al indicar que la parte actora ahora recurrente no cumple con el corpus y animus, cuando de la revisión de obrados como toda la prueba se tiene que la recurrente demostró los actos posesorios que tiene por más de 10 años sobre el lote de terreno objeto del proceso
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se observa que Cira Gallardo Quispe, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
1. Que el Tribunal de alzada vulneró lo establecido por el art. 87 del Código Civil, al indicar que la parte actora ahora recurrente no cumple con el corpus y animus, cuando de la revisión de obrados como toda la prueba se tiene que la recurrente demostró los actos posesorios que tiene por más de 10 años sobre el lote de terreno objeto del proceso
- Partes: Cira Gallardo Quispe. c/ Eduardo Mercado Castro y Amanda Espinoza de Mercado
- CONSIDERANDO I
- 3
- 4
- CONSIDERADO II
- Petitorio
- Respuesta del recurso de casación
- De la revisión de obrados, así como de la verificación del Auto Interlocutorio de 23
- CONSIDERANDO III
- De lo expuesto en dicho Auto Supremo, se tiene que para ser viable la usucapión
- Ahora bien, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos
- CONSIREDANDO IV
- Del desprendimiento del recurso de casación en los puntos 1, 2 y 3, se observa
- Del contenido de los reclamos se advierte que los mismos están orientados a cuestionar la
- A los efectos de generar una argumentación jurídica clara, es menester precisar algunos antecedentes del
- Retomando el punto de controversia la recurrente cuestiona la valoración de la prueba efectuada por
- Por lo expuesto de los antecedentes y la comunidad probatoria producida dentro el proceso, se
- Del punto 4, la recurrente de forma por demás extraña observa la pretensión de la
- Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma prevista por el
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
