Auto Supremo AS/0321/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2019

Fecha: 03-Abr-2019

Por lo expuesto de los antecedentes y la comunidad probatoria producida dentro el proceso, se

Por lo expuesto de los antecedentes y la comunidad probatoria producida dentro el proceso, se constata que el recurrente no contaría con el respaldo suficiente para demostrar que la actora habría estado en posesión de los inmuebles de forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida desde el acuerdo verbal sobre la transferencia de los lotes en litis con el ahora demandado, por ende su posesión no cumpliría con el requisito de los 10 años que exige el art. 138 del CC, además de no demostrar con actos que denoten su conducción como propietario del bien, de manera que las pruebas producidas en obrados no habrían generado convicción para que los Jueces de ambas instancias pudieran acoger favorablemente la pretensión, por lo que no es evidente el error de hecho acusado, deviniendo en infundado los reclamos del recurso