De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
4. Manifiesta que el Auto de Vista de fs. 175, refirió que el juez de primera instancia ha omitido pronunciarse respecto a la cancelación del gravamen bajo el asiento B-16 del fundo rustico “El Bajio”, por lo que no correspondía ser valorado dentro del proceso ejecutivo basado en las letras de cambio, debido a que el demandante en el proceso ordinario demostró la inexistencia de dicha condición por lo cual originó el acuerdo transaccional de 30 de junio de 2009, señalando que todo desistimiento y levantamiento de gravámenes es en su calidad de accionante dentro del proceso.
De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil
De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil
- Expediente: SC-39-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 437 de 27 de noviembre de 2018, cursante
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por Javier Eid Guzmán se observa que
- 2
- 3
- De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
