Auto Supremo AS/0435/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2019

Fecha: 30-Abr-2019

De la revisión del proceso y al amparo del el art

De la revisión del proceso y al amparo del el art. 125 de la norma adjetiva civil el codemandado Adolfo Ugarte Callejas contestó negativamente la demanda de fs. 189 a 190, acompañando la prueba que le incumbe. Si bien es cierto lo manifestado por el recurrente que se trata de fotocopias del derecho propietario del demandado, no es menos cierto que el art. 153.II del Código Procesal Civil indica: “Los documentos acompañados con la contestación a la demanda o a la reconvención, o en cualquier otra oportunidad en que fuere admisible su presentación, sólo- podrán ser objetados dentro de los seis días siguientes al de su notificación, excepto si se tratare de documentos presentados en audiencia, en cuyo caso el desconocimiento deberá formularse en la misma.”, por lo señalado precedentemente el recurrente al no ejercitar su derecho de reclamar en su oportunidad convalidó todos los supuestos vicios otorgando plena eficacia a los actos procesales, no siendo ético que ante la resulta desfavorable de las decisiones de grado sobre su pretensión de usucapir el inmueble objeto de litis active recién su impugnación en esta etapa de casación