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    Auto Supremo AS/0445/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0445/2019

    Fecha: 30-Abr-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Balcázar y otros
    • De la impugnación en el fondo deducida por la parte recurrente se tiene lo siguiente
    • Solicita se dicte Auto Supremo casando parcialmente el Auto de Vista, dejando sin efecto el
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Corrido en traslado el recurso de casación, los co demandados Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar
    • 2
    • 1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
    • El Tribunal Constitucional Plurinacional ha desglosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
    • Dicho de otra forma, toda Autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
    • Solo así los sujetos procesales que recurren ante la Autoridad judicial tendrán plena convicción de
    • El Código Civil, respecto a la interpretación de los contratos señala: “ARTÍCULO 510
    • El tratadista Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil Concordado y Anotado, respecto de
    • Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de
    • El art
    • La investigación fundamental del intérprete, desde luego, ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
    • El principio fundamental de la interpretación el “a tanto se obliga el hombre a cuanto
    • La primera regla de la interpretación, no inserta el Código, pero que surge inequívoca de
    • En cuanto a la interpretación por equidad el Código Civil indica: “ARTÍCULO 517
    • Al respecto Carlos Morales Guillen en la misma obra complementa indicando: “La regla del
    • Si bien la ley determina la forma de los contratos y las condiciones legales que
    • 3. De la incongruencia ultra petita
    • El Tribunal Constitucional en cuanto a la incongruencia ultra petita en las resoluciones, a través
    • CONSIDERANDO IV
    • Del estudio del recurso de casación se desprende que el reclamo de la recurrente confluye
    • A efecto de constatar de que forma la prueba acusada por errónea valoración puede influir
    • Admitida la demanda la co demandada Blanca Elena Vaca Pinto Balcázar se adhiere a la
    • Como medio probatorio relevante para la resolución del presente recurso se tiene la documental de
    • Producidas las pruebas documentales, testificales, pericial, confesión provocada y de inspección judicial, la juez A
    • Recurrida la sentencia por Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar, la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez
    • Abordados dichos antecedentes probatorios y revisado el contrato de fecha 04 de noviembre de 2010
    • En cuanto a la pretensión de modificación de superficie solicitada, tenemos que los demandantes argumentan
    • Producida legalmente la prueba se tiene que de fs
    • En cuanto a la incongruencia ultra petita corresponde indicar que los jueces y Tribunales están
    • Respecto a la superficie del inmueble y la declaración del Tribunal Ad quem de que
    • En relación a la respuesta al recurso de casación de Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar
    • En cuanto a que el recurso de casación no establece de qué manera la resolución
    • Por lo expuesto y fundamentado corresponde emitir Auto Supremo conforme a lo establecido en el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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