Auto Supremo AS/0445/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0445/2019

Fecha: 30-Abr-2019

En cuanto a la interpretación por equidad el Código Civil indica: “ARTÍCULO 517

La Regla del art. 517, deviene como norma supletoria, cuando hay absoluta imposibilidad de resolver las dudas de las circunstancias accidentales del contrato. La equidad suple la interpretación: en los contratos a título gratuito, la oposición se resolverá en favor de la menor transmisión de derechos intereses; si fuese oneroso, en favor de la mayor reciprocidad económica.”
En cuanto a la interpretación por equidad el Código Civil indica: “ARTÍCULO 517. (SENTIDO MENOS GRAVOSO; SENTIDO QUE IMPORTA MAYOR RECIPROCIDAD).- En caso de duda, el contrato a título gratuito debe ser interpretado en el sentido menos gravoso para el obligado, y el contrato a título oneroso en el sentido que impone la armonización equitativa de las prestaciones o la mayor reciprocidad de intereses.”