Recurrida la sentencia por Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar, la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez
Recurrida la sentencia por Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar, la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz revoca parcialmente la sentencia, indicando, que en cuanto al numeral uno de la parte dispositiva ordena que el 100% de las acciones de Rosa Alina Vaca Pinto Balcázar pasan a propiedad de Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar y que no corresponde insertar la superficie de 757,31 mts2. respecto al inmueble objeto del proceso; disposición de segunda instancia que basa su decisión en que Rosa Alina Vaca Pinto Balcázar transfirió mediante documento cursante a fs. 205 el 16,66% de su cuota parte equivalentes a 69,1 mts2. a favor de Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar, es decir que transfirió el 100% de sus acciones y derechos sin pertenecerle ningún derecho sobre el inmueble, en cuanto a la consignación de la superficie de 757,31 mts2. en el registro de propiedad, indica que no corresponde por no haber sido demandado actuando la juez A quo de manera ultra petita
- Balcázar y otros
- De la impugnación en el fondo deducida por la parte recurrente se tiene lo siguiente
- Solicita se dicte Auto Supremo casando parcialmente el Auto de Vista, dejando sin efecto el
- De la respuesta al recurso de casación
- Corrido en traslado el recurso de casación, los co demandados Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar
- 2
- 1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- El Tribunal Constitucional Plurinacional ha desglosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
- Dicho de otra forma, toda Autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
- Solo así los sujetos procesales que recurren ante la Autoridad judicial tendrán plena convicción de
- El Código Civil, respecto a la interpretación de los contratos señala: “ARTÍCULO 510
- El tratadista Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil Concordado y Anotado, respecto de
- Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de
- El art
- La investigación fundamental del intérprete, desde luego, ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
- El principio fundamental de la interpretación el “a tanto se obliga el hombre a cuanto
- La primera regla de la interpretación, no inserta el Código, pero que surge inequívoca de
- En cuanto a la interpretación por equidad el Código Civil indica: “ARTÍCULO 517
- Al respecto Carlos Morales Guillen en la misma obra complementa indicando: “La regla del
- Si bien la ley determina la forma de los contratos y las condiciones legales que
- 3. De la incongruencia ultra petita
- El Tribunal Constitucional en cuanto a la incongruencia ultra petita en las resoluciones, a través
- CONSIDERANDO IV
- Del estudio del recurso de casación se desprende que el reclamo de la recurrente confluye
- A efecto de constatar de que forma la prueba acusada por errónea valoración puede influir
- Admitida la demanda la co demandada Blanca Elena Vaca Pinto Balcázar se adhiere a la
- Como medio probatorio relevante para la resolución del presente recurso se tiene la documental de
- Producidas las pruebas documentales, testificales, pericial, confesión provocada y de inspección judicial, la juez A
- Recurrida la sentencia por Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar, la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez
- Abordados dichos antecedentes probatorios y revisado el contrato de fecha 04 de noviembre de 2010
- En cuanto a la pretensión de modificación de superficie solicitada, tenemos que los demandantes argumentan
- Producida legalmente la prueba se tiene que de fs
- En cuanto a la incongruencia ultra petita corresponde indicar que los jueces y Tribunales están
- Respecto a la superficie del inmueble y la declaración del Tribunal Ad quem de que
- En relación a la respuesta al recurso de casación de Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar
- En cuanto a que el recurso de casación no establece de qué manera la resolución
- Por lo expuesto y fundamentado corresponde emitir Auto Supremo conforme a lo establecido en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
