Por ultimo sobre el reclamo de la molestia de vecindad, por la existencia del tubo
Por ultimo sobre el reclamo de la molestia de vecindad, por la existencia del tubo de cemento que traspasa al bien inmueble de los herederos del demandado en el que se estaría violando los arts. 117 y 118 del CC, de la referida denuncia este Tribunal encuentra correcta la argumentación de los de segunda instancia, donde señalaron “…de la apelación de la parte demandante estaría violando los Arts. 117 y 118 del Código Civil (de las molestias de vecindad), corresponde aclarar que dicho argumento se esgrime recién en apelación, no habiendo constituido objeto de la decisión del juez de primera instancia, por lo que este Tribunal al tenor del art. 265 del CPC se encuentra impedido de ingresar al análisis del mismo.”, con la fundamentación expresada por el Ad quem sobre reclamo traído a casación se tiene por entendido que el mismo no fue interpuesto en su momento procesal por la parte demandada, por lo que las autoridades de instancia dieron estricto cumplimiento al art. 265.I del Código Procesal Civil, resultando correcta la postura asumida por ambas instancias, motivo por el cual los reclamos desprendidos del recurso de casación devienen en infundado
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- CONSIDERANDO II
- Petitorio
- Tomando en cuenta en lo argumentado solicitó se case el Auto de Vista y deliberando
- Contestación del recurso de casación de fs. 437 a 440 vta
- CONSIDERANDO III
- Según Auto Supremo Nº 213/2016 de 11 de marzo, la servidumbre, tal como lo señala
- En relación con lo desarrollado supra, tenemos al Auto Supremo Nº 1001/2015 de fecha 05
- De lo anteriormente manifestado en nuestra normativa civil está figura se encuentra regulada a partir
- Las servidumbres pueden constituirse de manera forzosa y voluntaria también por usucapión o por
- III.2. De la valoración de la prueba
- En el Auto Supremo Nº 1054/2017 de 5 de octubre 2017, respecto a la valoración
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
- Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de
- CONSIDERANDO IV
- Referente a la pretensión de los demandantes sobre la transitabilidad de paso de servidumbre continua
- Del demandado Alberto Cayetano Márquez Mamani en su memorial donde purga rebeldía de fs
- Del estudio de las resoluciones de sentencia y Auto de Vista, se denota que para
- Bajo ese contexto se llega a compartir el criterio establecido por las autoridades de
- Por ultimo sobre el reclamo de la molestia de vecindad, por la existencia del tubo
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
