Este acto administrativo se efectivizó, mediante el Testimonio Nº 385/1997 de 28 de julio, (fs
Este acto administrativo se efectivizó, mediante el Testimonio Nº 385/1997 de 28 de julio, (fs. 11 a 20), franqueado por la Notaría Nº 38 de la ciudad de La Paz, por la que se efectivizó la Transferencia de los terrenos expropiados, documento que fue suscrito por los representantes de la “Comunidad Yunguyo” y el Prefecto del Departamento de Oruro, (en suplencia del Prefecto del departamento de La Paz), en cumplimiento de la Resolución Prefectural Nº 056-97 de 2 de junio de 1997
- I.- ANTECEDENTES PROCESALES
- Esta expropiación fue determinada por el Decreto Supremo (DS) Nº 11821 de 20 de septiembre
- Este acto administrativo se efectivizó, mediante el Testimonio Nº 385/1997 de 28 de julio, (fs
- La demanda pretende la “retrocesión o reversión” de las tierras comunitarias expropiadas porque el Estado
- II.- FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO
- Sin embargo en el caso, se advierte que en la vía administrativa la expropiación se
- Por consiguiente, no es evidente que, no existiese un contrato, convenio y/o negociación objeto de
- Al tratarse de actos enteramente cumplidos en su emisión (DS como Contrato citados) y que
- En conclusión, no puede pretenderse la reversión o retrocesión de una expropiación, emergente del incumplimiento
- Por lo analizado, se establece que los demandantes, no cumplieron dentro de plazo, con las
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
