Que, en dicho mérito a través del Auto Supremo 002/2013 de 13 de febrero cursante
CONSIDERANDO I: Que, mediante nota 4-2-52/2012 de 28 de febrero de fs. 2, la Embajada de la República del Ecuador solicitó formalmente la extradición del ciudadano ecuatoriano Alberto Isaías Ayala Peñafiel, adjuntando el respectivo cuaderno de extradición.
Que, en dicho mérito a través del Auto Supremo 002/2013 de 13 de febrero cursante de fs. 186 a 189, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia dispuso la Detención Preventiva con fines de Extradición del aludido, ordenando al Juez Instructor en lo Penal de turno de la ciudad de Cochabamba, expida el correspondiente mandamiento de detención preventiva, en la convicción de que el extraditable se encontraba en el Recinto Penitenciario de “El Abra” de Cochabamba
- AUTO SUPREMO: 79/2019
- FECHA: Sucre, 8 de mayo de 2019
- EXPEDIENTE: 157/2012
- PROCESO : Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES: Del ciudadano Alberto Isaías Ayala Peñafiel, a solicitud de la Embajada de la República
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Olvis Egüez Oliva
- VISTOS EN SALA PLENA: La reiteración del pedido de Extradición formulada por la Embajada de
- Que, en dicho mérito a través del Auto Supremo 002/2013 de 13 de febrero cursante
- En consecuencia, por Auto Supremo 014/2014-D de 15 de abril de fs
- Que, mediante nota Nº 4-2-149/2018 de 10 de diciembre (fs
- CONSIDERANDO II: Que, de conformidad a lo establecido por el art
- En tal virtud, el art
- En el sub iudice, se tiene suscrito con el Estado requirente el Tratado de Extradición
- En cuyo caso se tiene que, el extraditurus es requerido por la justicia de su
- En nuestra legislación penal, el art
- Sin embargo, en el marco de lo establecido por el art
- Concordante con lo anterior, el art
- En el caso concreto, los antecedentes remitidos a este Alto Tribunal de Justicia, dan cuenta
- Con ese antecedente y en aplicación del Tratado vigente entre ambos Estados corresponde declarar la
- Comuníquese al Juzgado de Ejecución Penal competente, Ministerio Público y al Ministerio de Relaciones Exteriores
- Regístrese, notifíquese, archívese
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