Auto Supremo AS/0125/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2019

Fecha: 15-May-2019

Si se observa con detenimiento la Resolución Administrativa que declaró en comisión al señor José

Si se observa con detenimiento la Resolución Administrativa que declaró en comisión al señor José Luis Vacaflor, “este tenía un tiempo de vigencia, el mismo que data del 25 de noviembre de 2010 al 25 de noviembre de 2013 y desde el 25 de noviembre de 2013 a la fecha que se celebró el XI Congreso Ordinario habrían transcurrido alrededor de 4 días hábiles en los que el señor Vacaflor no solo fue parte de la Confederación Sindical de Trabajadores de Luz, Fuerza, Telecomunicaciones, Agua y Gas de Bolivia, sino que además no fue parte del Sindicato de Trabajadores de EPSAS S.A., por lo que incluso la asistencia al XI congreso fue ilegal, toda vez que el mismo estaba dirigido en cuanto a la asistencia y declaratoria en comisión a los representantes de los sindicatos afiliados a la antes mencionada Confederación”. (sic)