En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de 26 de julio de 1993 y 2 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, las características esenciales de la relación laboral son: a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador, b) La prestación del trabajo por cuenta ajena y c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus formas de manifestación, concordante con el artículo 2 de la misma norma legal que establece que en las relaciones laborales en las que concurran aquellas características esenciales precedentemente citadas, se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Señaló que el tribunal de alzada no ha tomado en cuenta ni fundamentado, lo denunciado
- Adujo que no se valoró la prueba de descargo acompañada en la contestación, (anexos 1,2
- Pruebas no valoradas por el juzgador y los fundamentos expuestos por el tribunal de alzada
- El a quo, no reconoce, ni diferencia, lo que es un trabajo realizado como ejercicio
- Sostuvo que lo argumentado en el cuarto considerando del auto de vista recurrido, donde la
- Manifestó que la parte demandada, presentó todas las pruebas necesarias, las cuales no fueron valoradas
- Denunció error en la interpretación y aplicación indebida de los arts
- Por otra parte, citando lo previsto en los arts
- I.2.1 Respuesta al recurso de casacón
- Mediante memorial cursante de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido, sin
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características
- En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
- Al respecto, de la revisión de la documentación adjuntada durante la tramitación del proceso, a
- Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Con costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
