Auto Supremo AS/0221/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2019

Fecha: 29-May-2019

Por otra parte, citando lo previsto en los arts

Por otra parte, citando lo previsto en los arts. 166 y 169 del CPT, señaló que el tribunal de alzada no tomó en cuenta las declaraciones brindadas por los testigos de descargo, la confesión provocada, las pruebas documentales, las que demuestran fehacientemente los hechos y la verdad sobre la inexistencia de un contrato laboral y la existencia de uno de prestación de servicios con una empresa consultora denominada LAU