El referido auto de vista, motivó a Gabriel Costaleite Peña, en representación de Santiago Calixto
I.2 Motivos del recurso de casación
El referido auto de vista, motivó a Gabriel Costaleite Peña, en representación de Santiago Calixto Cruz, a interponer el recurso de casación en el fondo, de fs. 132 a 134 y vta., impugnando el Auto de Vista Nº 128 de 24 de octubre de 2017, cursante a fs. 128 a 129 y vta., manifestando en síntesis:
Que de manera errónea, sin motivar ni valorar las pruebas documentales y testificales de descargo que se produjeron en la etapa probatoria, así como el acta de 15 de marzo de 2013 suscrita en la oficina de trabajo de la ciudad de Montero (fs. 2) en cuya oportunidad el inspector mediante violencia y mentiras logró que su mandante firme dicho documento, porque el demandante en obra civil dañó vidrios blindex de las ventanas en una obra. Asevera que su mandante sin saber leer y escribir firmó el acta referida, pues las afirmaciones contenidas en el acta fueron desvirtuadas, con las declaraciones testificales de descargo, que sostienen que el demandante trabaja en obras civiles por cuenta propia y por temporada, no existe una empresa, el pago es por semana trabajada
El referido auto de vista, motivó a Gabriel Costaleite Peña, en representación de Santiago Calixto Cruz, a interponer el recurso de casación en el fondo, de fs. 132 a 134 y vta., impugnando el Auto de Vista Nº 128 de 24 de octubre de 2017, cursante a fs. 128 a 129 y vta., manifestando en síntesis:
Que de manera errónea, sin motivar ni valorar las pruebas documentales y testificales de descargo que se produjeron en la etapa probatoria, así como el acta de 15 de marzo de 2013 suscrita en la oficina de trabajo de la ciudad de Montero (fs. 2) en cuya oportunidad el inspector mediante violencia y mentiras logró que su mandante firme dicho documento, porque el demandante en obra civil dañó vidrios blindex de las ventanas en una obra. Asevera que su mandante sin saber leer y escribir firmó el acta referida, pues las afirmaciones contenidas en el acta fueron desvirtuadas, con las declaraciones testificales de descargo, que sostienen que el demandante trabaja en obras civiles por cuenta propia y por temporada, no existe una empresa, el pago es por semana trabajada
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Jueza Primera de Trabajo, Seguridad Social y Sentencia
- El referido auto de vista, motivó a Gabriel Costaleite Peña, en representación de Santiago Calixto
- Señala que el auto de vista lesiona la seguridad jurídica, la verdad material e igualdad
- CONSIDERANDO II
- Que con referencia a la relación laboral, motivo de la presente controversia, la parte demandante
- En ese contexto, amerita puntualizar que el derecho del trabajo encuentra como objetivo permanente el
- Encontrándose plenamente vigente el Código Procesal del Trabajo, se asume que las normas supletorias, en
- En ese marco, se debe tomar en cuenta que el recurso de casación es considerado
- En el caso concreto, se advierte que en el memorial del recurso objeto de examen,
- No obstante a la argumentación genérica y redundante expuesta por la entidad recurrente, se puede
- Asimismo, en la parte final de sus argumentos, solicita se “… CASE EN EL FONDO
- En ese sentido, por lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Por lo expuesto, se tiene establecido en el art
- Consiguientemente, en virtud a las razones expuestas, no habiéndose identificado vulneración alguna en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
