Por memorial presentado el 22 de agosto de 2018, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 285/2019-RRC
Sucre, 02 de mayo de 2019
Expediente: Chuquisaca 43/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Óscar Enrique Garnica Torrico
Delitos : Apropiación Indebida y otro
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de agosto de 2018, de fs. 103 a 115, Dorian Ortuste Gómez ejerciendo el mandato conferido por Cristian Pablo Mina Aguilar, Wilfredo Benjamín Tolava Torrico, Leonardo Mario Ávalos Cuellar y Edwin Julio Gorena Daza en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Limitada (COTES Ltda.) interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 244/2018 de 19 de julio, de fs. 80 a 89 vta. y el Auto Complementario 260/2018 de 13 de agosto, de fs. 94 a 95 vta., pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Óscar Enrique García Torrico, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza con Agravante, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 346 bis del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 285/2019-RRC
Sucre, 02 de mayo de 2019
Expediente: Chuquisaca 43/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Óscar Enrique Garnica Torrico
Delitos : Apropiación Indebida y otro
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de agosto de 2018, de fs. 103 a 115, Dorian Ortuste Gómez ejerciendo el mandato conferido por Cristian Pablo Mina Aguilar, Wilfredo Benjamín Tolava Torrico, Leonardo Mario Ávalos Cuellar y Edwin Julio Gorena Daza en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Limitada (COTES Ltda.) interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 244/2018 de 19 de julio, de fs. 80 a 89 vta. y el Auto Complementario 260/2018 de 13 de agosto, de fs. 94 a 95 vta., pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Óscar Enrique García Torrico, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza con Agravante, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 346 bis del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 22 de agosto de 2018, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Edwin Felipe Terrazas Rodríguez en representación de COTES Ltda
- I.1.1. Motivo del Recurso de Casación
- El recurrente plantea una supuesta errónea aplicación de los arts
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 890/2018-RA de 27 de septiembre, de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 50/2017 de 21 de agosto, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Conforme sale de inventarios y de la auditoría realizada en la unidad de internet, se
- Sin embargo, el acusado recibe las oficinas de Servicio de Internet, sin acta o inventario
- Conforme la PM 2, respecto al ilícito del Abuso de Confianza, se tiene que el
- Con la notificación de la Sentencia, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida, de
- El juzgador otorgó un valor distinto a los medios de prueba documentales y testificales, incurriendo
- Denunció también inobservancia y errónea aplicación de la Ley, por haber considerado la declaración del
- Atendiendo lo expresado por los arts
- Como tercer agravio sustentó reclamo por existir indebida fundamentación e insuficiencia de la Sentencia a
- Posterior a ello, el recurrente subsana el recurso, por imperio del decreto de 2 de
- Respecto a la vulneración de derechos, se señaló que exista una violación al debido proceso
- Sobre el segundo motivo, las normas violadas o inobservadas eran los arts
- En relación al tercer motivo, señaló que la norma inobservada era el art
- Analizando el primer motivo, dentro del paraguas recursivo del art
- En relación al segundo motivo, el apelante inicia una transcripción normativa de los arts
- En cuanto al tercer motivo, invoca como norma inobservada el art
- En el caso presente el recurrente plantea la supuesta errónea aplicación de los arts
- III.1. La Labor de Contraste en el Recurso de Casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- El recurrente refiere que el Tribunal de alzada incurrió en errónea aplicación de los arts
- En ese sentido, el primer precedente estableció: “…
- Por otra parte, el recurrente invoca el Auto Supremo 789/2016-RRC de 14 de octubre, que
- Ahora bien, para contrastar el agravio que denuncia la parte recurrente, se debe acudir a
- Posterior a lo requerido por el Tribunal de alzada, el recurrente mediante memorial cursante de
- Posteriormente, el Tribunal de alzada mediante providencia de 18 de mayo de 2018 a fs
- De la revisión de estos actuados procesales y compulsa realizada, se evidencia que el Tribunal
- Ratificando la línea ya sentada por este Tribunal de casación, se debe señalar y refrendar
- En consecuencia, de los supuestos primero y tercero, el Tribunal de alzada no podrá imprimir
- Bajo esos alcances doctrinales e interpretativos de una de las etapas del trámite de la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
