Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo, entre otras, al señalar que guarda conformidad con los valores de justicia e igualdad y el principio de eficacia de los derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la justicia y la justicia material, última que exige adoptar criterios que permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos
- Por memoriales presentados el 27 de febrero de 2019, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, los recurrentes interpusieron recurso de apelación restringida (fs
- De los memoriales de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes Hossan Mahmoud Al Qutshan y
- La parte recurrente denuncia incongruencia omisiva en relación a su reclamo de apelación restringida, referente
- No obstante, se advierte que la parte recurrente reclama la vulneración al debido proceso, de
- En cuanto al primer motivo, el recurrente denuncia incongruencia omisiva en relación a su reclamo
- A pesar de aquello, se evidencia que el recurrente en el presente motivo acusó la
- La parte recurrente como segundo motivo, denuncia incongruencia omisiva en relación a su tercer reclamo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
