Auto Supremo AS/0335/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Que, la falta de consideración y valoración de estos elementos probatorios: testificales y documentales a


Que, la falta de consideración y valoración de estos elementos probatorios: testificales y documentales a los que se hace mención en el segundo agravio reclamado, los cuales fueron reclamados por los recurrentes, ha violentado el debido proceso en su vertiente valoración de la prueba; asimismo esta falta de valoración vulnera el principio de seguridad jurídica de la víctima, quien tiene el derecho de que la verdad sea descubierta y asimismo el resarcimiento objetivo del daño en caso de que el acusado le hubiese ocasionado como producto de las lesiones. Por otro lado también se violenta el derecho a la igualdad establecido en el art. 180 de la CPE con relación al art. 12 del CPP, derecho a la igualdad de armas, es decir que la víctima tiene el derecho, al igual que el imputado y el Ministerio Público, de que sus pruebas ofrecidas y que fueron judicializadas por el Tribunal de Sentencia, sean valoradas al momento de emitirse la sentencia, que debería ser el producto de un razonamiento integral de todas las pruebas y no así sólo de algunas. La otorgación del valor probatorio a las pruebas no es competencia del tribunal de alzada, en virtud y respeto al principio de inmediación, sino del Juez o Tribunal que conoce el juicio, quienes tienen un contacto directo con las pruebas. Asimismo, esta falta de valoración probatoria constituye un defecto absoluto insubsanable al tenor del art. 169 inc. 3) del CPP con relación al art. 407 segunda parte del CPP, toda vez que la falta total de valoración de pruebas que han sido judicializados no fueron valorados por el Tribunal de Sentencia y ni siquiera tomados en cuenta en los hechos probados de la sentencia recurrida